Se pone en marcha el Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014

29/07/2010

Nacional

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Por Redacción Linea Verde

redaccion@ambientum.com

El Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible (PDRS) se desarrollará en los cinco años comprendidos entre 2010 y 2014. Durante este periodo se pondrán en marcha una serie de medidas y actuaciones multisectoriales y medioambientales, de carácter transversal, que se concertarán entre las administraciones públicas a favor de las zonas rurales en un marco temporal.

El alcance de este conjunto de medidas debe suponer un impulso para el desarrollo en las zonas rurales, garantizando una mejora de las condiciones de vida de sus habitantes, a través del desarrollo generalizado de los servicios prestados a la población y de todas las potencialidades endógenas del territorio.

La Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, establece una nueva forma de enfocar el tratamiento del medio rural, estableciendo de hecho las bases de la estrategia de desarrollo rural sostenible  que el presente PDRS debe desarrollar y llevar a la práctica.

El PDRS establece unos objetivos mínimos comunes, para todas las zonas rurales, en ámbitos considerados esenciales. Los Planes de Zona deberán incluir medidas de desarrollo que permitan alcanzar estos objetivos mínimos comunes.

La sostenibilidad es una de esas metas, y se pretende construir un modelo de desarrollo rural basado en los tres pilares de la sostenibilidad: económica, social y ambiental, que garantice a largo plazo la viabilidad y el futuro del mundo rural.

Esta ley diferencia tres tipos de zonas rurales (a revitalizar, intermedias, y Periurbanas) para la aplicación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible. Por otro lado, los Planes de Zona definirán las actuaciones e inversiones concretas a realizar en cada zona rural, según sus carencias y necesidades, tras un estudio detallado de cada una de ellas, y de la formulación de una estrategia, dentro del marco del Programa y con participación plena de las corporaciones, los agentes y la población local.

La competencia para la aprobación de los Planes de Zona corresponde a las Comunidades Autónomas, de acuerdo con la Administración General del Estado, y en todo caso con participación de las corporaciones locales, la población y los agentes del territorio.

Las Comunidades Autónomas son las encargadas de habilitar los cauces pertinentes para hacer posible la participación a escala de cada zona rural en el proceso de elaboración de su propio Plan de Zona, al igual que en el ámbito estatal la Ley 45/2007 creó la Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural para la elaboración del Programa de Desarrollo Rural Sostenible.

Marco Presupuestario y Financiero

Las medidas incluidas en los planes de zona financiarse de tres posibles formas. Por un lado se incluyen las que están siendo ejecutadas por los ministerios competentes -con cargo a sus propios presupuestos- y que para poder ser incluidas en el Programa se prioriza su ejecución en las zonas rurales que se encuentran dentro del PDRS. Por otro lado se refieren a medidas nuevas, propuestas por los ministerios competentes, a realizar en las zonas rurales y que requieren una nueva financiación para su ejecución durante el periodo 2010-2014, con cargo a sus respectivos presupuestos.

También existen medidas de competencia autonómica que por ser declaradas de interés general mediante ley, su ejecución y financiación corresponderá a la Administración General del Estado.

Y por último se han previsto proyectos que una vez concertados serán ejecutados por la Comunidad Autónoma y cofinanciados al 50% por la Administración General del Estado y por la propia Comunidad.

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